Implementan en Cuba facilidades para inversión extranjera, el comercio exterior y el turismo
Nuevas normas jurídicas que implementan las Transformaciones Económicas y Sociales contempladas en los Ejes Estratégicos 14 (Inversión Extranjera), 15 (Comercio Exterior) y 17 (Turismo), y que flexibilizan, agilizan y ofrecen más posibilidades a los inversores, han sido publicadas este 3 de septiembre de 2026, en la Gaceta Oficial de la República No.73.
Las novedades y aristas principales de las normas y procedimientos fueron explicadas, en conferencia de prensa realizada en el Centro de Prensa Internacional, por el viceprimer ministro y ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, Oscar Pérez-Oliva Fraga, acompañado de Juan José Alvarez Sardiñas, director jurídico del Ministerio de Turismo.
Pérez-Oliva resumió que, "en el caso de la inversión extranjera, se ha publicado el Decreto Ley 128, modificativo de la Ley 114 de la Inversión Extranjera, que establece la eliminación de la obligatoriedad de la contratación de los trabajadores por la modalidad de inversión extranjera mediante entidades empleadoras y deja estas alternativas a su elección [referido al inversionista] (…) Además, se establece en este Decreto Ley que se prescinde del requisito de contar con una autorización previa del Banco Central de Cuba para abrir cuentas bancarias en el exterior”. Este Decreto Ley está acompañado por resoluciones del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, que establece el régimen laboral aplicable a las modalidades de inversión extranjera directa, y del Banco Central de Cuba, sobre la apertura de cuentas bancarias en el exterior.
“También hay que destacar – continuó el titular— que se dictó el Decreto Ley número 130 modificativo de la Ley 59 del Código Civil, que tiene una relación directa con la inversión extranjera dado que da la posibilidad de otorgar derechos reales por mayores plazos de los que estaban establecidos hasta la promulgación de estas normas".
Agregó a los elementos fundamentales que tienen que ver con la inversión extranjera, la actualización de políticas vinculadas a los negocios con capital extranjero, en particular: la que propicia la asociación de empresas foráneas con entidades no estatales, la relacionada con las actividades inmobiliarias, la referida a la participación del capital extranjero en el comercio, y la concerniente a las inversiones en zonas priorizadas para conservación y contextos patrimoniales.
En el ámbito del comercio exterior, se promulgó la Resolución 126 del MINCEX, que establece el nuevo “Procedimiento para la concesión de facultades y el otorgamiento, modificación y cancelación de nomenclaturas de mercancías de importación y exportación y para el otorgamiento de permisos eventuales".
Además del procedimiento, esta norma dispone los requisitos para que las personas jurídicas puedan realizar directamente la actividad de comercio exterior, y establece la relación de productos cuya importación y exportación queda prohibida o restringida.
En cuanto al turismo, se publicaron tres normas jurídicas que impactan directamente en ese sector, asociadas a la inversión extranjera y algunas extendidas al sector no estatal.
En general, plasman los reglamentos para el transporte turístico, las agencias de viajes y el ejercicio de la actividad de guías de turismo, enfocados en el desarrollo de un turismo sostenible y responsable y el apoyo a los proyectos locales, acotó el director Jurídico del Ministerio de Turismo.
Vale destacar que, según el propio Álvarez Sardiñas, se amplían las posibilidades de participación de empresas extranjeras y del sector no estatal, así como se facilita la asociación de ambas figuras con actores estatales.
Trasciende asimismo que, para incentivar proyectos de ecoturismo, el Ministerio de Finanzas y Precios dispuso bonificaciones tributarias que benefician a estos negocios.




